Las presentes Condiciones Generales de Compra (en lo sucesivo, "CGC"), junto con la correspondiente orden de compra de ANTALIS, establecerán los términos vinculantes para los suministros, equipos, instalaciones y servicios (en lo sucesivo, las "Mercancías") solicitadas por ANTALIS (en lo sucesivo, "ANTALIS"), cuyos datos de contacto aparecen en el formulario de la orden de compra.
ANTALIS no estará obligada por las condiciones generales de venta del Proveedor, ni por ninguna condición o disposición adicional o diferente contenida en cualquier propuesta, presupuesto, lista de precios, acuse de recibo, factura, documentación de entrega o similar del Proveedor, ni por ningún curso de ejecución, curso de negociación o uso comercial, excepto si ANTALIS lo acuerda expresamente por escrito.
A menos que ANTALIS y el Proveedor hayan llegado a un acuerdo específico, por escrito y firmado por los respectivos representantes legales de Antalis y del Proveedor, que derogue expresamente las presentes CGC, éstas se considerarán de aplicación exclusiva.
El Proveedor confirmará la aceptación del pedido de compra a ANTALIS en el plazo de un (1) día laborable a partir de la fecha de recepción del pedido (salvo que se acuerde expresamente otro plazo). Además, si el Proveedor no rechaza un pedido por escrito en el plazo anteriormente mencionado y comienza a ejecutarlo, se considerará que el pedido ha sido aceptado en base a las presentes Condiciones Generales de Compra (el "Acuerdo"); la ejecución de un pedido constituirá la prueba de su aceptación en base al Acuerdo.
El Proveedor deberá cumplir en todo momento todas las leyes, reglamentos y ordenanzas aplicables al presente Acuerdo, incluidas, entre otras, todas las leyes laborales y medioambientales. Las Mercancías deberán entregarse con las directrices e instrucciones pertinentes para su uso, almacenamiento y mantenimiento en condiciones seguras y óptimas, así como con los documentos exigidos por las normas, leyes y reglamentos del país de entrega. De no ser así en el momento de la entrega, ANTALIS se reserva el derecho a rechazar la Mercancía.
El tiempo es esencial, y todas las fechas mencionadas en el presente Acuerdo son fijas. En caso de que el Proveedor prevea dificultades para cumplir una fecha de entrega o cualquier otra obligación derivada del presente Acuerdo, deberá notificarlo inmediatamente por escrito a ANTALIS.
El proveedor deberá cumplir con las condiciones de acceso y descarga en el lugar de entrega. Salvo estipulación expresa, las mercancías serán entregadas conforme a los términos internacionales de comercio (Incoterms 2010) y bajo el formato DDP (entrega para su descarga en el domicilio definido por Antalis y libre de todo cargo o porte) acompañadas de un albarán de entrega en el que se indique el Número de Pedido de Antalis, la referencia de la Mercancía y la cantidad. En su defecto, sólo se tendrá en cuenta para el pago de las facturas el peso y la cantidad registrados por ANTALIS.
El Proveedor embalará, marcará y enviará las Mercancías de acuerdo con las buenas prácticas comerciales y las especificaciones de ANTALIS, de forma que se eviten daños durante el transporte y se facilite una descarga, manipulación y almacenamiento eficientes. Todas las Mercancías estarán claramente marcadas como destinadas a ANTALIS. El Proveedor será responsable de cualquier pérdida o daño resultante de su incumplimiento. ANTALIS no será requerida para asumir ninguna reclamación por tales pérdidas o daños contra el transportista común implicado.
La fecha y hora de entrega de las Mercancías al destino final son vinculantes y sólo podrán modificarse con el consentimiento expreso y por escrito de ANTALIS. El Proveedor no realizará entregas parciales, ni entregas anteriores o posteriores a la fecha y hora de entrega acordadas, a menos que ANTALIS haya acordado lo contrario por escrito. Si se acepta una entrega anticipada, sólo se considerará la fecha de entrega contractual para calcular la fecha de vencimiento del pago de la factura. No obstante, ANTALIS se reserva el derecho a rechazar cualquier entrega de Mercancías fuera de plazo y a devolver las mismas por cuenta y riesgo del Proveedor.
En caso de retraso en la entrega, ANTALIS podrá (i) solicitar una entrega urgente a cargo del Proveedor; (ii) aplicar una penalización por retraso del 1% del precio de la Mercancía en cuestión, impuestos incluidos, por cada semana de retraso y hasta un máximo del 5% (salvo que se acuerden expresamente otras cifras); (iii) compensar estas penalizaciones con las cantidades por retraso con otros importes pendientes de pago por otros suministros del Proveedor, siempre que éste no presente objeción alguna en el plazo de 4 días a partir de la recepción de esta notificación por ANTALIS; y (iv) rescindir o cancelar de pleno derecho, total o parcialmente, mediante notificación por escrito, cualquier pedido que no se entregue a tiempo, sin perjuicio de cualesquiera otros derechos y recursos.
Una entrega se considerará completada cuando su recepción haya sido reconocida por escrito por ANTALIS. El acuse de recibo de los bienes consumibles o acabados se acreditará mediante la firma del albarán de entrega por parte de ANTALIS, sin reserva alguna; el acuse de recibo de los servicios se acreditará mediante la ejecución real y definitiva de los servicios en su totalidad para ANTALIS, sin reserva alguna. Ninguno de los dos constituirá una aceptación de las Mercancías en el sentido de estar libres de defectos y ser conformes. El acuse de recibo de equipos o instalaciones que requieran instalación, montaje y/o puesta en servicio se acreditará mediante la firma por parte de ANTALIS de un acta de entrega sin reservas.
Todos los precios se fijarán para Mercancías debidamente embaladas y entregadas y/o para la instalación de equipamientos, incluyendo el montaje y la puesta en servicio, transporte y descarga en el lugar indicado por ANTALIS. Las Mercancías se transportarán por cuenta y riesgo del Proveedor. Los precios fijos incluyen seguro, trámites aduaneros, tasas e impuestos.
Las facturas de pago deben ser enviadas por cada orden de compra al Departamento de Contabilidad de ANTALIS, indicando al menos el número de pedido, la cantidad de Mercancía, así como la fecha y el número de albarán de entrega. Sujeto a la aceptación de las Mercancías por parte de ANTALIS y a la recepción de la factura en debida forma, el pago completo se realizará mediante transferencia bancaria, transacciones EDI, o por cualquier otro medio acordado por escrito por ANTALIS en cumplimiento del plazo de pago estipulado en la orden de compra. Si el Proveedor incumple alguna de las obligaciones estipuladas en el presente Acuerdo, ANTALIS tendrá derecho a suspender el pago. ANTALIS podrá en todo momento tener derecho a compensar y deducir de cualquier cantidad adeudada por ANTALIS al Proveedor cualquier cantidad adeudada por el Proveedor a ANTALIS, independientemente de la naturaleza de dicha reclamación. El Proveedor reconoce y acepta que cualquier deuda contraída por ANTALIS con el Proveedor podrá ser pagada en nombre de ANTALIS por cualquier otra entidad jurídica perteneciente al Grupo Antalis y/o por un tercero designado por ANTALIS, liberando dicho pago a ANTALIS de dicha deuda.
La propiedad de las Mercancías se transmitirá a ANTALIS en el momento de la entrega, excepto en el caso de Mercancías no entregadas a tiempo (Artículo 5.3), incluso si parte del precio no está vencido todavía o está pendiente de pago. Si se realizan pagos anticipados por dichas Mercancías antes de la entrega, la propiedad de las Mercancías se transmitirá en el momento del pago.
La aceptación y transferencia del riesgo de las Mercancías tendrá lugar en las instalaciones de ANTALIS tras la debida comprobación, independientemente de las condiciones de pago y entrega.
El Proveedor certifica que las Mercancías están libres de defectos y cumplen los requisitos del presente Acuerdo. La inspección o el pago de las Mercancías por parte de ANTALIS no constituirá aceptación ni eximirá al Proveedor de ninguna de sus obligaciones, declaraciones o garantías en virtud del presente Acuerdo. ANTALIS se reserva el derecho a inspeccionar las Mercancías en las instalaciones del Proveedor durante la ejecución del pedido. Si ANTALIS lleva a cabo una inspección o prueba en las instalaciones del Proveedor, el Proveedor proporcionará instalaciones y asistencia legales y razonables para la seguridad y comodidad del personal de inspección de ANTALIS. El Proveedor se compromete a informar inmediatamente a ANTALIS de cualquier sospecha de no conformidad de las Mercancías entregadas a ANTALIS.
Si el Proveedor dispone de certificaciones ISO, estas condiciones constituirán una confirmación por parte del Proveedor de la aplicación de todas las obligaciones derivadas de las mismas, reduciendo así las comprobaciones de control de calidad necesarias en el momento de la entrega en las instalaciones de ANTALIS. Además, el Proveedor deberá informar inmediatamente a ANTALIS de cualquier acontecimiento significativo relacionado con estas certificaciones ISO (por ejemplo, renovación, cancelación).
El Proveedor no realizará ningún cambio en las Mercancías, el proceso de fabricación, el lugar de fabricación o la materia prima sin el consentimiento previo por escrito de ANTALIS. En caso de que se acuerde un cambio, el Proveedor correrá con todos los gastos derivados del cambio de las Mercancías, el proceso de fabricación, el lugar de fabricación o la materia prima. En caso de discontinuidad de las Mercancías, el Proveedor recomprará las Mercancías de las existencias de ANTALIS al precio de compra.
Cualquier diseño, fabricación, instalación, entrega o cualquier otra obligación que deba ser cumplida por el Proveedor o en su nombre en virtud del presente Acuerdo, deberá será ejecutada con la debida diligencia y cuidado y de buena fe. El Proveedor será plenamente responsable de dicho cumplimiento.
Además de todas las garantías legales, las garantías contractuales tendrán una vigencia de 24 meses a partir de la fecha en que ANTALIS acuse recibo de las Mercancías (art. 5.5).
El Proveedor declara y garantiza a ANTALIS que las Mercancías: (i) son adecuadas para el fin previsto, nuevas, comerciables, de buena calidad y libres de todo defecto de diseño, materiales, construcción y mano de obra; (ii) cumplen con las especificaciones y cualesquiera otros requisitos en virtud del presente Acuerdo; (iii) estarán libres de cualquier carga y gravamen; (iv) se suministran y acompañan de toda la información/instrucciones necesarias para un uso correcto y seguro; (v) vayan acompañadas de todas las licencias necesarias para el uso previsto, incluido el derecho a transferir y conceder sublicencias; (vi) no infrinjan ni violen ninguna patente nacional o extranjera, derecho de autor, secreto comercial, marca registrada u otros derechos de propiedad intelectual de terceros; y (vii) se fabriquen, almacenen y transporten de conformidad con todas las leyes y reglamentos aplicables en el país de fabricación, almacenamiento y tránsito, en particular los relativos a la salud, la seguridad, el medioambiente y la legislación laboral.
Si alguna de las Mercancías es defectuosa o no cumple los requisitos del presente Acuerdo, ANTALIS lo notificará al Proveedor en un plazo razonable y, sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso en virtud del presente Acuerdo o de la legislación aplicable, ANTALIS podrá, a su entera discreción y por cuenta y riesgo del Proveedor: (i) reclamar el reembolso íntegro del precio pagado en virtud del presente Acuerdo y devolver las Mercancías en cuestión, o (ii) exigir al Proveedor que subsane sin demora el defecto o la falta de conformidad o que sustituya las Mercancías no conformes por Mercancías que cumplan las especificaciones. Las Mercancías rechazadas se considerarán no entregadas. El Proveedor recogerá las Mercancías en un plazo de 15 días a partir de la notificación de no conformidad o defecto. Podrá aplicarse un cargo semanal por almacenamiento a las Mercancías no recogidas después de 15 días.
La aceptación o el pago de la totalidad o parte de las Mercancías en virtud del presente Acuerdo no se considerará una renuncia al derecho de ANTALIS a cancelar, devolver o rechazar la totalidad o parte de las Mercancías por motivos de no conformidad o defectos latentes o patentes u otro incumplimiento de la garantía o a reclamar daños y perjuicios, incluidos los costes de fabricación y el lucro cesante u otros daños especiales sufridos por ANTALIS.
El Proveedor será responsable de todos los daños causados a ANTALIS directa o indirectamente por el incumplimiento de sus obligaciones, incluidos, entre otros, el retraso en la entrega, las consecuencias de la no conformidad y el incumplimiento de la garantía. El Proveedor deberá indemnizar y evitar cualquier perjuicio a ANTALIS, sus agentes y empleados frente a todas y cada una de las acciones de terceros, legales o administrativas, reclamaciones por daños, juicios, responsabilidades, intereses, honorarios de abogados, costes y gastos de cualquier naturaleza (incluidos, entre otros, los daños especiales, indirectos, incidentales y consecuentes), ya surjan antes o después de la finalización de la entrega de las Mercancías en virtud del presente Acuerdo, de cualquier forma causados o supuestamente causados por actos, omisiones, faltas, incumplimientos de garantías expresas o implícitas, obligaciones en virtud del presente Acuerdo o negligencia del Proveedor (o de cualquier persona que actúe bajo su dirección o control o en su nombre). ANTALIS no será responsable ante el Proveedor de ninguna pérdida de ingresos, pérdida de beneficios u otros daños incidentales o consecuentes, incluso si ANTALIS ha sido advertida de la posibilidad de tales daños. En ningún caso ANTALIS será responsable ante el Proveedor, sus sucesores o cesionarios por daños superiores a la cantidad debida al Proveedor por el cumplimiento completo de este Acuerdo, menos cualquier cantidad ya pagada al Proveedor por ANTALIS.
Sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso de que disponga ANTALIS en virtud del presente Acuerdo o de la ley, ANTALIS tendrá derecho, a su discreción, a suspender o rescindir de pleno derecho y con efecto inmediato sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo, total o parcialmente, mediante notificación por escrito en caso de que: (i) el Proveedor incumpla cualquiera de sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo; y/o (ii) el Proveedor sea objeto de un procedimiento de quiebra, insolvencia, suspensión de pagos, liquidación, cesión en beneficio de los acreedores o similar dentro de un procedimiento de presentación o petición. ANTALIS no será responsable ante el Proveedor por dicha rescisión. En caso de rescisión, cualquier obligación contraída antes de la rescisión se cumplirá en los términos y condiciones del presente Acuerdo.
El Proveedor tratará como CONFIDENCIAL toda la información proporcionada por ANTALIS o en nombre de ANTALIS o intercambiada en virtud del presente Acuerdo, incluidos, entre otros, precios, especificaciones, planos, dibujos, fórmulas, documentos, herramientas, moldes proporcionados o creados para fabricar las Mercancías solicitadas por ANTALIS (de ahora en adelante la "Información"). Toda esta Información será utilizada por el Proveedor únicamente a los efectos del presente Acuerdo y con un cuidado al menos razonable para proteger dicha Información.
Toda dicha Información seguirá siendo propiedad plena y exclusiva de ANTALIS, y el Proveedor la devolverá a ANTALIS sin demora a petición de ANTALIS sin conservar ninguna copia de la misma. El Proveedor se compromete a ceder todos los derechos de propiedad intelectual que puedan derivarse de la ejecución del pedido y reconoce que el precio pagado por las Mercancías incluye la contraprestación por la cesión de los derechos de propiedad intelectual.
El Proveedor declara y garantiza que suscribirá y mantendrá, con un asegurador solvente, todas las pólizas de seguro necesarias y apropiadas para cubrir su responsabilidad civil, responsabilidad por productos defectuosos y responsabilidad profesional, así como todos los riesgos inherentes a la ejecución del Acuerdo, en particular, cualquier daño causado a ANTALIS o a terceros como consecuencia de cualquier falta de conformidad en la entrega, defecto de las Mercancías o servicios relacionados, y/o cualquier acto u omisión de sus representantes y empleados, de conformidad con las obligaciones estipuladas en el Acuerdo. El Proveedor declara y garantiza que estas pólizas de seguro incluyen una cobertura adecuada para lesiones corporales, daños materiales, daños consecuenciales y pérdidas puramente financieras. El Proveedor facilitará a ANTALIS todos los certificados de seguro pertinentes cuando se le soliciten.
El Proveedor garantiza que garantizará lo mismo para sus subcontratistas y proveedores propios.
El Proveedor declara y garantiza que utiliza una tecnología reconocida, fiable y actualizada periódicamente para garantizar la protección pertinente de los datos y los sistemas de información en la ejecución del Acuerdo. Esta declaración y garantía son fundamentales para que ANTALIS consienta en confiar el Acuerdo al Proveedor, ya que cualquier incumplimiento de las mismas tendría consecuencias graves y perjudiciales para ANTALIS y su Grupo.
El Proveedor aplicará todas las medidas técnicas y organizativas necesarias para proteger los datos y sistemas de ANTALIS contra la destrucción accidental o ilícita, la pérdida, la distorsión y el acceso no autorizado.
El Proveedor tomará todas las medidas necesarias para evitar el riesgo de propagación de virus en los sistemas de información de ANTALIS (y lo mismo para el Grupo Antalis). Por virus se entiende cualquier programa, gusano, troyano, bomba lógica, etc., que afecte o pueda afectar total o parcialmente a cualquier información y/o sistema informático.
El Proveedor se asegurará de que sus empleados con acceso a los datos de ANTALIS estén debidamente formados y sujetos a una obligación de confidencialidad y seguridad. El Proveedor se compromete a restaurar dichos datos de ANTALIS en caso de pérdida o deterioro.
A petición por escrito de ANTALIS y en cualquier momento, el Proveedor se compromete a devolver a ANTALIS todos los datos de ANTALIS (incluidos los datos de los clientes de ANTALIS), todos los informes o documentos de cualquier tipo que contengan o hagan referencia a dichos datos de ANTALIS, así como todas las copias o reproducciones de dichos documentos y a destruir cualquier rastro de dicha información que aún exista, independientemente del soporte.
El Proveedor cumplirá todas las leyes y normativas aplicables que regulen la protección de datos personales, en particular, el Reglamento (UE) n.º 2016/679 de 27 de abril de 2016 y todas las leyes y normativas aplicables relacionadas sobre la protección de los derechos de privacidad individual en relación con el tratamiento de datos personales.
El Proveedor será el único responsable de su tratamiento y mantendrá indemne a ANTALIS en caso de que dicho tratamiento infrinja la citada ley.
Ninguna de las Partes procesará datos personales en nombre de la otra Parte en virtud del presente Acuerdo, a menos que las Partes acuerden expresamente lo contrario en virtud de un Acuerdo de Procesamiento de Datos celebrado de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 2016/679 de 27 de abril de 2016 y las leyes y reglamentos aplicables relacionados.
A petición de ANTALIS, el Proveedor proporcionará a ANTALIS información relevante sobre su procesamiento de seguridad de datos, instalaciones, procedimientos y personal utilizado al respecto. En particular, ANTALIS tendrá derecho, previa consulta con el Proveedor y con sujeción a un plazo de preaviso razonable, a auditar e inspeccionar, o hacer que lo haga un auditor externo, las instalaciones y los registros del Proveedor durante el horario laboral normal y sin interrumpir la actividad del Proveedor, para verificar el cumplimiento de esta cláusula por parte del Proveedor.
El Proveedor ejecutará el presente Acuerdo en calidad de contratista independiente, y nada de lo contenido en el presente Acuerdo tiene por objeto crear una relación de asociación, empresa conjunta o empleo entre las partes. El Proveedor no subcontratará, transferirá, pignorará ni cederá ninguno de sus derechos u obligaciones en virtud del presente Acuerdo sin el consentimiento previo por escrito de ANTALIS.
El Acuerdo se celebra intuitu personae. En consecuencia, sin el consentimiento previo por escrito de ANTALIS, el Proveedor no podrá ceder, aportar o transferir, bajo ninguna forma, la totalidad o parte del Acuerdo, en particular y sin limitación, mediante fusión, escisión, aportación parcial de activos, arrendamiento de gestión.
ANTALIS podrá transferir libremente la totalidad o parte del Acuerdo, bajo cualquier forma, a cualquier sociedad o empresa que posea directa o indirectamente parte de su capital, o a cualquier filial o sociedad en la que ANTALIS participe directa o indirectamente, o a cualquier entidad bancaria o financiera con la que ANTALIS haya financiado parte de su actividad.
El Proveedor se asegurará de que sus empleados, personal, agentes, sirvientes, consultores y subcontratistas (si los hubiera) cumplan el Acuerdo y será el único responsable de cualquier incumplimiento del mismo. El Proveedor no subcontratará la ejecución del Acuerdo, en su totalidad o en parte, sin el consentimiento previo por escrito de ANTALIS.
Si alguna de las cláusulas de las presentes Condiciones fuera declarada nula, ilegal o inaplicable, las demás cláusulas seguirán siendo válidas y la(s) cláusula(s) afectada(s) será(n) sustituida(s) válidamente de forma que se alcance(n) su(s) propósito(s) original(es).
Ni el incumplimiento ni el retraso por parte de ANTALIS a la hora de hacer cumplir cualquier disposición del presente Acuerdo constituirá una renuncia a sus derechos mencionados en el mismo. Ninguna renuncia, consentimiento o modificación será vinculante para las partes a menos que se haga por escrito y esté firmada por ambas partes.
Los derechos y recursos reservados a ANTALIS son acumulativos y se suman a cualesquiera otros derechos y recursos futuros disponibles en virtud del presente Acuerdo, por ley o en equidad.
El presente Acuerdo se regirá e interpretará de conformidad con la legislación vigente en el país de constitución de ANTALIS o con la legislación suiza si el Proveedor está situado fuera de este país, con exclusión de las normas de conflicto de leyes.
A falta de acuerdo amistoso entre las Partes, todos los litigios derivados del presente Contrato o relacionados con el mismo se someterán a lo siguiente:
En cualquier caso, el Proveedor renuncia a todas las excepciones de falta de jurisdicción personal, forum non-convenience, y a cualquier derecho a acudir a cualquier tribunal(es) distinto(s) del designado en (a).
ANTALIS se adhiere a los principios y valores del Código de Conducta de Antalis (disponible en https://www.antalis.com). El Proveedor se compromete a cumplir con estos principios y valores en sus actividades, ya sea a través de este Código y procedimientos relacionados o a través de los de su propia fuerza equivalente.
El Proveedor declara que aplicará y supervisará las normas y procedimientos adecuados para prevenir y detectar la corrupción dentro de su organización, ya sea cometida por sus directivos, empleados, agentes, contratistas o cualquier otro tercero que actúe en su nombre. El Proveedor colaborará estrechamente con ANTALIS para aplicar esta ética empresarial y los Programas ESG relacionados, siendo dicho compromiso esencial.
El Proveedor reconoce y acepta que cualquier proveedor actualmente contratado o que desee hacer negocios con ANTALIS deberá cumplir con la política de diligencia debida para proveedores del Grupo Antalis y proporcionar a ANTALIS, previa solicitud y con regularidad, toda la información y documentos relacionados con ESG, a nivel corporativo, de centro y de producto, a través de plataformas en línea dedicadas o cuestionarios. El Proveedor se compromete y garantiza el cumplimiento de la política de diligencia debida para proveedores del Grupo Antalis y a facilitar toda la información solicitada al respecto.
Sujeto a una cortesía razonable, el Proveedor acepta ser auditado y responder a cualquier solicitud de evaluación para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente artículo.
Esta cláusula esencial determina la intención de ANTALIS de celebrar y mantener cualquier acuerdo con el Proveedor. En caso de incumplimiento, ANTALIS tendrá derecho a rescindir cualquier acuerdo por causa justificada de conformidad con el artículo 11 anterior.